Formación y procedimientos

Formación y sensibilización sobre las violencias sexuales y el Punto Violeta

Todos los recursos implicados deben conocer unas pautas básicas para la intervención ante una violencia sexual, teniendo siempre en cuenta la normativa aplicable

La formación es un punto esencial en la aplicación de este Protocolo, ya que ningún procedimiento operativo puede funcionar sin la formación previa correspondiente de las personas que deben implantarlo. En consecuencia, con el objetivo de formar a profesionales que participan en la organización, asistencia y seguridad del carnaval sobre las violencias sexuales y el Punto Violeta, en cada edición del Carnaval se impartirán sesiones formativas dirigidas a grupos distintos de profesionales que trabajarán en el dispositivo de seguridad.

 

Los colectivos a los que dirigir la formación y la convocatoria de las sesiones los determinará el Ayuntamiento.

Formación y sensibilización sobre las violencias sexuales y el Punto Violeta

Todos los recursos implicados deben conocer unas pautas básicas para la intervención ante una violencia sexual, teniendo siempre en cuenta la normativa aplicable

Pautas básicas para la intervención

Todos los recursos implicados deben conocer unas pautas básicas para la intervención ante una violencia sexual, teniendo siempre en cuenta la normativa aplicable – especialmente, el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011 y la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito - así como los principios de actuación del apartado 7 de este Protocolo.

Las pautas básicas son las siguientes:

Empatía, y escucha activa

La intervención debe hacerse siempre con empatía, escucha activa, no juzgando en ningún caso a la mujer que ha sufrido la agresión. Hay que respetar sus tiempos, su diversidad, atender sus necesidades específicas.

Proteger su intimidad

Se debe procurar desde el primer momento proteger su intimidad, su imagen, sus datos personales y velar por su seguridad.

Permitir acompañamiento

La mujer agredida, si lo desea, podrá estar acompañada de alguien de su confianza. En ese caso se le debe facilitar localizar a la persona que indique.

Información adecuada

Siempre y en todos los casos es necesario, sin abrumarla, se deberá informar a la mujer sobre los pasos a seguir. Hay que valorar si la información que le estamos proporcionando es comprensible atendiendo a sus circunstancias y estado. Es imprescindible preguntarle su opinión y respetar su decisión de llevarlos adelante o no.

Desde el Punto Violeta

De acuerdo con los procedimientos establecidos en el apartado 13 de este protocolo, la información de ser posible se proporcionará desde el Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval, pero dependiendo de la zona en la que se haya producido la agresión y/o el estado o la voluntad de la víctima puede ser preciso o necesario proporcionarla por otro recurso.

Activación de los servicios médicos

En el caso que el estado de la mujer agredida no permita la comprensión de la información que le estamos dando o requiera asistencia sanitaria inmediata, se activarán los servicios médicos de urgencia y se le ofrecerá la información con posterioridad, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el apartado 13 de este Protocolo.

Ejercer derechos

De acuerdo con las acciones y derechos que desee ejercer, se activará el servicio correspondiente de acuerdo con lo indicado en el siguiente apartado de este protocolo.

La información que se ofrezca a la mujer agredida debe comprender los siguientes puntos

Informarla sobre la posibilidad de denunciar o no el delito o la infracción administrativa.

Tanto si denuncia como si no lo hace, comunicarle que tiene derecho a recibir apoyo y atención psicológica, social y legal a través del Dispositivo de Emergencia de Mujeres Agredidas, DEMA.

Según el tipo de violencia sexual que haya sufrido, hay que informarla sobre la importancia de acudir al hospital lo antes posible para recibir asistencia sanitaria por las lesiones que se le hayan causado así como para registrar las pruebas. Habrá que indicarle que no debe lavarse, cambiarse de ropa, ni beber o ingerir alimento alguno. En ese caso, si decide denunciar, el propio centro hospitalario derivará el parte de lesiones al juzgado de guardia y avisará a la policía y médico/a forense.

Advertirle que el centro hospitalario está obligado a informar a las autoridades judiciales de cualquier delito contra la libertad sexual o violencia de género, pero que sólo su denuncia implicará la continuación del proceso judicial.

En el caso que la víctima sea menor de edad, además, se le deberá informar de que para su protección y seguridad se avisará a la persona o personas de quien dependa legalmente.

En el caso de mujeres extranjeras, es necesario informarles sobre el derecho que tienen de acceder de forma gratuita a los servicios sanitarios de urgencia y a asesoramiento legal. En caso de ser extranjera y no conocer el idioma se procurará que pueda acceder a un/a intérprete.

Procedimientos de detección e intervención

Fuera del hospital del carnaval

DETECCIÓN de situaciones de riesgo: El personal de los recursos policiales, sanitarios y protección civil, deberá prestar especial atención a la detección directa o requerimientos por parte de terceros que hayan detectado, de posibles situaciones de riesgo para las mujeres, que pudieran ser indicadores de haber sufrido una agresión o pudieran convertirse en una posible agresión:

Observar

Prestar atención a cualquiera de estas o similares situaciones en las que se encuentre a una mujer

En estado inconsciente tirada en el suelo.

En estado nervioso, llorando...

Caminando semi inconsciente o desorientada tanto si está acompañada o no.

Ropa / disfraz manchado, descolocado o roto.

En estado semi inconsciente acompañada de un hombre que la está tocando.

En estado semi inconsciente o inconsciente acompañada de un hombre u hombres y que se la lleva/n de ese lugar.

Actuar

No pasar de largo ante las situaciones anteriormente expuestas o similares

Acercarse a la mujer, y en caso de estar acompañada a quien o quienes están con ella.

Dirigirse a la mujer y preguntarle si necesita ayuda y si conoce a las personas con las que está.

Acompañar

En caso de estar inconsciente o semiinconsciente y/o no recibir una respuesta coherente y firme de la mujer o de quien/es la acompañan

Protegerla, no dejarla sola en ningún momento.

Si es posible, y de acuerdo con las indicaciones que nos dé, localizar a algún familiar o amistad que pueda acompañarla.

Si es preciso, activar los recursos necesarios para la protección de la mujer y/o su acompañamiento hasta el Hospital de Carnaval de acuerdo con las indicaciones del punto siguiente.

Actuaciones ante una denuncia.

El personal de los recursos policiales, sanitarios y protección civil que atienden fuera del Hospital de Carnaval, pueden recibir en cualquier momento un requerimiento verbal por parte de alguna/s persona/s, que haya detectado alguna situación de violencia sexual u otro tipo de agresión hacia una mujer.

 

Tanto en las situaciones de prevención o detección de situaciones de riesgo, como en las actuaciones ante una denuncia fuera del Hospital del Carnaval, se pueden dar los siguientes casos, en los que se deberá tener en cuenta el siguiente protocolo y actuaciones que se describen, teniendo siempre en cuenta que la atención prioritaria debe centrarse en la mujer agredida. En todas las intervenciones deben recordarse las pautas de actuación que se han descrito en el apartado 12 así como el contenido de la información que deben recibir las víctimas.

Recurso que detecta/interviene

Policía

Situación

Con lesiones visibles, o mujer semi o totalmente inconsciente

Actuación

Activar asistencia sanitaria.

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual.

Cuando finalice la atención sanitaria, la policía puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

En el caso que la víctima quiera denunciar, proceder de acuerdo con la operativa policial.

Recurso que detecta/interviene

Policía

Situación

Sin lesiones aparentes

Actuación

Proceder de acuerdo con la operativa policial habitual ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual.

Ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

En el caso que la víctima quiera denunciar, proceder de acuerdo con la operativa policial.

Recurso que detecta/interviene

Policía

Situación

Con lesiones o semi o totalmente inconsciente

Actuación

Activar asistencia sanitaria.

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual.

Proceder de acuerdo con la operativa policial cuando se trata de víctimas menores de edad: aviso a progenitoras/es o tutoras/es legales y, en su caso, a Fiscalía de Menores.

Cuando finalice la atención sanitaria, la policía puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta y al dispositivo de asistencia psicosocial a menores de edad ubicados en el Hospital del Carnaval.

En el caso que se desee denunciar, proceder de acuerdo con la operativa policial en el caso de víctimas menores de edad.

Recurso que detecta/interviene

Policía

Situación

Sin lesiones aparentes

Actuación

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual

Proceder de acuerdo con la operativa policial cuando se trata de víctimas menores de edad: aviso a las progenitoras/es o tutoras/es legales y, en su caso, a Fiscalía de Menores.

Ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta y al dispositivo de asistencia psicosocial a menores de edad ubicados en el Hospital del Carnaval.

En el caso que se desee denunciar, proceder de acuerdo con la operativa policial en el caso de víctimas menores de edad.

Recurso que detecta/interviene

Policía

Situación

Extranjera

Con lesiones o semi o totalmente inconsciente

Actuación

Activar asistencia sanitaria.

En el caso que no hable español, procurar la asistencia de un/a intérprete o utilizar el servicio del 112.

Proceder de acuerdo con la operativa policial habitual ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual.

Cuando finalice la atención sanitaria, la policía puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

En el caso que la víctima quiera denunciar, proceder de acuerdo con la operativa policial.

Recurso que detecta/interviene

Policía

Situación

Extranjera

Sin lesiones aparentes

Actuación

En el caso que no hable español, procurar la asistencia de un/a intérprete o utilizar el servicio del 112.

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual.

La policía, en el caso que la víctima hable o entienda el español o se pueda comunicar con ella en su idioma, puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

En el caso que la víctima quiera denunciar, proceder de acuerdo con la operativa policial.

Recurso que detecta/interviene

Asistencia sanitaria

Situación

Con lesiones visibles, o mujer semi o totalmente inconsciente

Actuación

Atención sanitaria.

Informar al PMA y solicitar presencia de las FFCCSS en el lugar de la asistencia.

Si es preciso, trasladarla al Hospital del Carnaval o al Hospital de referencia.

Cuando finalice la atención sanitaria, pueden ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Informar a las autoridades policiales y judiciales en el caso de identificar a la mujer como víctima de un delito contra la libertad sexual u otros.

Recurso que detecta/interviene

Asistencia sanitaria

Situación

Sin lesiones aparentes

Actuación

Informar al PMA y solicitar presencia de las FFCCSS en el lugar de la asistencia.

Los servicios de asistencia sanitaria pueden ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Asistencia sanitaria

Situación

Con lesiones o semi o totalmente inconsciente

Actuación

Atención sanitaria.

Informar al PMA y solicitar presencia de las FFCCSS en el lugar de la asistencia. Advertir de la circunstancia de la minoría de edad.

Si es preciso, trasladarla al Hospital del Carnaval o al Hospital de referencia.

Cuando finalice la atención sanitaria, pueden ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta y al dispositivo de asistencia psicosocial a menores de edad ubicados en el Hospital del Carnaval.

Informar a las autoridades policiales y judiciales en el caso de identificar a la menor como víctima de un delito contra la libertad sexual u otros.

Recurso que detecta/interviene

Asistencia sanitaria

Situación

Sin lesiones aparentes

Actuación

Informar al PMA y solicitar presencia de las FFCCSS en el lugar de la asistencia. Advertir de la circunstancia de la minoría de edad.

Los servicios de asistencia sanitaria pueden ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta y al dispositivo de asistencia psicosocial a menores de edad ubicados en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Asistencia sanitaria

Situación

Extranjera

Con lesiones o semi o totalmente inconsciente

Actuación

Atención sanitaria.

Informar al PMA y solicitar presencia de las FFCCSS en el lugar de la asistencia.

En el caso que no hable español, procurar la asistencia de un/a intérprete o utilizar el servicio del 112.

Si es preciso, trasladarla al Hospital del Carnaval o al Hospital de referencia.

Los servicios sanitarios, en el caso que la víctima hable o entienda el español o se pueda comunicar con ella en su idioma, puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Informar a las autoridades policiales y judiciales en el caso de identificar a la mujer como víctima de un delito contra la libertad sexual u otros.

Recurso que detecta/interviene

Asistencia sanitaria

Situación

Extranjera

Sin lesiones aparentes

Actuación

Informar al PMA y solicitar presencia de las FFCCSS en el lugar de la asistencia.

En el caso que no hable español, procurar la asistencia de un/a intérprete o utilizar el servicio del 112.

Los servicios sanitarios, en el caso que la víctima hable o entienda el español o se pueda comunicar con ella en su idioma, puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, hacer el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Protección civil

Situación

Con lesiones visibles, o mujer semi o totalmente inconsciente

Actuación

Activar asistencia sanitaria e informar al PMA de los hechos detectados y esperar sus instrucciones.

Colaborar con el personal sanitario. Facilitar, si procede, el traslado o acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Protección civil

Situación

Sin lesiones aparentes

Actuación

Activar a la policía e informar al PMA de los hechos detectados y esperar sus instrucciones.

Protección civil puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, colaborar en el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Protección civil

Situación

Con lesiones o semi o totalmente inconsciente

Actuación

Activar asistencia sanitaria e informar al PMA de los hechos detectados y esperar sus instrucciones.

Cuando finalice la atención sanitaria, protección civil puede ofrecer la información del apartado 12.

Colaborar con el personal sanitario. Facilitar, si procede, el traslado o acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Protección civil

Situación

Sin lesiones aparentes

Actuación

Activar a la policía e informar al PMA de los hechos detectados y de la circunstancia de la minoría de edad y esperar sus instrucciones.

Protección civil puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, colaborar en el acompañamiento al Punto Violeta y al dispositivo de asistencia psicosocial a menores de edad ubicados en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Protección civil

Situación

Extranjera

Con lesiones o semi o totalmente inconsciente

Actuación

Activar asistencia sanitaria e informar al PMA de los hechos detectados y esperar sus instrucciones.

En el caso que no hable español, procurar la asistencia de un/a intérprete o utilizar el servicio del 112.

Cuando finalice la atención sanitaria, protección civil puede ofrecer la información del apartado 12.

Colaborar con el personal sanitario. Facilitar, si procede, el traslado o acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Recurso que detecta/interviene

Protección civil

Situación

Extranjera

Sin lesiones aparentes

Actuación

Activar a la policía e informar al PMA de los hechos detectados y esperar sus instrucciones.

En el caso que no hable español, procurar la asistencia de un/a intérprete o utilizar el servicio del 112.

Protección civil puede ofrecer la información del apartado 12 y si procede, colaborar en el acompañamiento al Punto Violeta ubicado en el Hospital del Carnaval.

Procedimientos de detección e intervención

Dentro del hospital del carnaval

DETECCIÓN de situaciones de riesgo: Todo el personal que atiende en el Hospital del Carnaval ha de estar atento a determinados indicadores que pudieran dar lugar a la detección de violencias sexuales u otros tipos de violencia machistas.

Observar

Prestar especial atención a cualquiera de estas o similares situaciones

Señales externas que indiquen una agresión como ropa / disfraz manchado, descolocado o roto.

Mujer que acude semiinconsciente o inconsciente acompañada inicialmente, pero al cabo de un momento quienes la acompañaban desaparecen.

Mujer que acude sola en estado semiinconsciente o desorientada al Hospital del Carnaval.

Mujer en el acceso al Hospital del Carnaval nerviosa, llorosa, en estado ansioso.

Actuaciones, funciones y coordinación entre los diferentes recursos que forman parte del hospital.

En caso de que la mujer necesite asistencia médica, será este el primer recurso que se activará, poniéndose en conocimiento de la policía, quien, de manera simultánea, iniciará sus procedimientos ante delitos contra la libertad sexual, violencia de género, etc.

 

Una vez que la mujer haya sido atendida y se encuentre recuperada, si lo desea, se le acompañará al Punto Violeta, donde se le dará la información prevista en el apartado 12 y se le ofrecerá la atención emocional que precise.

 

En el caso de que la mujer quiera denunciar, la policía acudirá al Punto Violeta para darle la información correspondiente para formalizar la denuncia.

Situación

Mujer mayor lesiones físicas

Recurso

Asistencia sanitaria

Actuación

Atención sanitaria.

Aviso a la policía.

Punto Violeta

Atención.

Información.

Policía

Denuncia, si la mujer así lo decide.

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual.

Situación

Mujer mayor de edad sin lesiones físicas

Recurso

Punto Violeta

Actuación

Atención.

Información.

Policía

Denuncia, si la mujer así lo decide.

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual.

Situación

Mujer menor de edad con lesiones físicas

Recurso

Asistencia sanitaria

Actuación

Atención sanitaria.

Aviso a la policía.

Dispositivo de asistencia psicosocial a menores de edad

Atención especializada.

Punto Violeta

Atención.

Información.

Policía

Aviso a progenitores y/o tutores legales.

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual con víctima menor de edad.

Situación

Mujer menor de edad sin lesiones físicas

Recurso

Dispositivo de asistencia psicosocial a menores de edad

Actuación

Atención especializada.

Punto Violeta

Atención.

Información.

Policía

Aviso a progenitores y/o tutores legales.

Proceder de acuerdo con la operativa policial ante delito o infracción administrativa contra la libertad sexual, con víctima menor de edad.

El personal de seguridad privada

Se considera a efectos de este Protocolo recurso indirecto, en atención a los servicios concretos que presta en la fiesta del Carnaval

El personal de seguridad privada es considerado a efectos de este Protocolo recurso indirecto, en atención a los servicios concretos que presta en la fiesta del Carnaval.

 

Sin embargo, de conformidad con las funciones establecidas en el artículo 32 de la Ley de Seguridad Privada y el artículo 76 del Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad privada, en el caso de detectar una conducta que constituya violencia sexual o ser requerido por la mujer agredida o por una tercera persona que haya detectado dicha conducta, las y los vigilantes de seguridad privada deberán actuar de forma proactiva de acuerdo con la normativa citada y con lo establecido en este documento.

 

Por lo tanto, deberán aplicar también las pautas básicas de intervención indicadas en el apartado 12 y activar los servicios correspondientes en el supuesto de que la mujer precise asistencia sanitaria, policial o acompañamiento al Hospital del Carnaval para que reciba atención del Punto Violeta.